Intenta cruzar la frontera con seis kilos de hachís ocultos en naranjas y pomelos

La condenan a una pena de dos años de cárcel por un delito contra la salud pública

Una mujer fue ayer condenada a una pena de dos años de prisión como autora de un delito contra la salud pública. La procesada ocultó seis kilos de hachís en el interior de naranjas y pomelos para tratar de introducir la droga en Melilla a través del puesto fronterizo de Beni Enzar.

Los hechos, que ayer fueron llevados ante el Juzgado de lo Penal número 1 de Melilla, tuvieron lugar el 20 de abril del año 2011, en torno a las 11:20 horas.

Conformidad

La encausada reconoció los hechos a través de una videoconferencia para acordar una conformidad con el Ministerio Público. De este modo, la fiscal rebajó la pena que inicialmente solicitaba, de cuatro años y seis meses de prisión, además de una sanción de 20.000 euros.

La procesada se mostró de acuerdo con la pena reclamada: dos años de cárcel y una multa de 8.860 euros.

Según el escrito acusatorio, al que ha podido acceder El Faro, la mujer estaba indocumentada el día de los hechos. Llegó en un taxi marroquí a la frontera de Beni Enzar. En el mismo introdujo una maleta verde de viaje y una bolsa de gran tamaño de plástico, la cual contenía naranjas.

Los agentes hallaron en el interior de la fruta un total de 588 bellotas, que arrojaron un peso total de 6.050 gramos netos de hachís, valorados en 8.857 euros, como manifestó la fiscal en su escrito. En el mismo, se especifica que la encausada pretendía destinar la droga a la venta y donación a terceras personas.

Compinchada con un hombre

Según se explica en el escrito, la mujer no actuó sola el día de los hechos. Una hora más tarde, un individuo, también indocumentado, llegó a la frontera de Beni-Enzar e intentó pasar al lado de Melilla viajando en el interior de un taxi marroquí.

En el vehículo portaba una bolsa con una gran cantidad de cítricos, que también iban rellenos de droga, con 608 bellotas de hachís. El peso de los estupefacientes sumaban otros seis kilos, cuya valoración fue tasada pericialmente en 9.287 euros.

Artículo 376

La mujer fue condenada a dos años de prisión, según lo que establece el artículo 376 del Código Penal. En el mismo se recoge que “podrán imponerse la pena inferior en uno o dos grados a la señalada por la ley” siempre que el sujeto “haya abandonado voluntariamente sus actividades delictivas” y haya colaborado activamente con las autoridades y la Justicia.

La fiscal, además, no se opuso a suspender su ingreso en prisión debido a que la pena no superaba los dos años de cárcel y que la encausada carecía de antecedentes penales. Se le revocaría la suspensión en el caso de que volviera a delinquir en los dos próximos años.

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