El consejero de Fomento, Javier González, explicó ayer en declaraciones a El Faro que para solicitar una de las ayudas para subsanar el arreglo de los desperfectos provocados por el terremoto, los propietarios tienen varias formas de demostrar que se trata de su vivienda. En concreto, apuntó que esta acreditación puede hacerse con escritura pública, certificación registral, nota simple, documento privado, recibo del impuesto sobre bienes inmuebles u otro “medio probatorio admitido en derecho, acreditativo de la condición de propietario”.
Asimismo, González recordó que las personas que soliciten esta ayuda tendrán que tener residencia habitual en Melilla y la vivienda siniestrada tendrá que ser su domicilio permanente.
González señaló que en base a estos requisitos será cómo se otorguen estas ayudas por el terremoto que comenzaron a tramitarse ayer mismo.
Cabe recordar que las ayudas serán del 100% de los daños con los siguientes límites, hasta 24.000 euros para la rehabilitación de viviendas, hasta 3.000 euros para la rehabilitación de los elementos comunes del inmueble por cada vivienda o local que lo solicite y en el caso de reconstrucción, el límite es del 80% el módulo de una vivienda de VPO de régimen especial.
Las ayudas serán compatibles con las percibidas por compañías de seguros, siempre que el importe abonado por la aseguradora sea menor al valor real de la obra. Sin embargo serán incompatibles con las que se hayan solicitado en la Delegación del Gobierno para el mismo siniestro.
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