El Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana ha modificado temporalmente las Obligaciones de Servicio Público (OSP) en las rutas aéreas Melilla/Almería, Melilla/Granada y Melilla/Sevilla por la caída de la demanda que persiste tras decaer el estado de alarma y que podría hacer inviables las operaciones.
El Boletín Oficial del Estado (BOE) publica este sábado una orden que modifica temporalmente las obligaciones de servicio público establecidas por el Consejo de Ministros el 5 de octubre de 2018.
Este establecía las frecuencias en esas rutas, que incluían diez vuelos de ida y vuelta semanales entre Melilla y Granada y Almería (cinco frecuencias a la semana), y seis vuelos de ida y vuelta semanales entre Melilla y Sevilla (tres frecuencias a la semana).
Ahora, tras la entrada en vigor de la orden publicada este sábado, se mantendrá, temporalmente y hasta que se recupere la demanda o se establezcan nuevas condiciones en las obligaciones de servicio público, las cinco frecuencias semanales aprobadas en 2018 para la ruta Melilla/Granada, aunque las compañías adecuarán libremente los días de operación, los horarios y la capacidad a la demanda real del mercado.
También en la ruta aérea Melilla/Almería, el servicio requerido seguirá siendo de cinco frecuencias semanales y las compañías adecuarán libremente los días de operación, los horarios y la capacidad a la demanda.
En la ruta aérea Melilla/Sevilla, el servicio requerido será de dos frecuencias semanales, es decir una menos respecto a los establecido en octubre de 2018, y las compañías también adecuarán libremente los días de operación, los horarios y la capacidad a la demanda.
La orden explica que las medidas adoptadas durante el estado de alarma provocaron una caída drástica del número de viajeros en esas rutas, hasta el punto de hacer inviables las obligaciones de servicio público establecidas y, aunque tras decaer el estado de alarma serían aplicables las obligaciones establecidas en 2018, todas las previsiones indican que la recuperación de la demanda de transporte aéreo será gradual, dice el Ministerio.
Explica que cumplir los mínimos establecidos en las obligaciones de servicio público para atender a una demanda que ahora es muy diferente podría suponer la inviabilidad económica de las operaciones en alguna ruta, lo que podría implicar la pérdida de conectividad en tanto se procede a licitar la provisión de los servicios de transporte aéreo.
Por eso, dice que ha decidido adaptar temporalmente las condiciones mínimas de operación establecidas en las rutas sujetas a obligaciones de servicio público para seguir asegurando las condiciones de continuidad, frecuencia, capacidad y calidad del servicio, adaptándolas a la demanda real previsible, para que los operadores puedan comenzar a operar y, paulatinamente, ir aumentando sus operaciones al ritmo en que crezca la demanda.
El ministerio indica que, una vez alcanzados niveles de demanda comparables a los previos a la crisis sanitaria, se restituirán las obligaciones de servicio público establecidas previamente o se establecerán unas nuevas adaptadas a las necesidades de conectividad que se determinen bajo la "nueva normalidad".
Las condiciones de operación de las rutas, en particular el ritmo de recuperación de la demanda y la adecuación de los servicios, serán analizados periódicamente en la Comisión Mixta prevista en el acuerdo de Consejo de Ministros de 2018, que podrá proponer la modificación de las condiciones de operación.
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