Hoy se publican en el BOME la convocatoria para la concesión de ayudas al alquiler de viviendas privadas para jóvenes, correspondientes a los meses de enero a diciembre de 2019. Así lo confirmó ayer el consejero de Fomento, Javier González, en una comparecencia ante los medios de comunicación. Estas convocatorias, explicó González, pueden ser prorrogables durante los meses de enero a diciembre de 2020 “si se siguen cumpliendo los requisitos de esta convocatoria”.
Esta es la primera vez que se convocan de forma exclusiva para los jóvenes y que se adjudican para un año, siendo prorrogables por otro más. Además, la convocatoria está dotada con un crédito para ese año de 250.000 euros.
Desde la Ciudad, seguimos trabajando porque nuestra primera obligación es el ciudadano y el servicio público”, aseguró el consejero.
También explicó que el plazo de presentación se inicia mañana día 16 y finaliza el sábado día 2 de marzo de 2019, ambos inclusive y que en las instancias podrán recogerse en las oficinas Emvismesa o bien, descargarse de la página web de la ciudad.
Respecto al lugar de presentación, el lugar será el Registro General de Emvismesa
Podrán solicitar las ayudas los mayores de edad que no tengan más de 35 años y que sean mayores de 16 años emancipados y que vivan con el solicitante personas mayores con dependencia justificada
Por tanto, los requisitos, según explicó González, son los siguientes: hay que ser titular de un contrato de arrendamiento de vivienda formalizado o con un contrato de promesa de arrendamiento, que reúnan todos los requisitos incluidos en las bases.
Asimismo, el alquiler máximo mensual es de 650 euros, este importe máximo asciende hasta 750 cuando la unidad de convivencia sea de dos o más personas. El importe máximo de la subvención podrá ascender hasta el 50% de la renta de alquiler, con un máximo de 300 euros mensuales y el pago de las ayudas se fraccionará por trimestres.
Además, para optar a estas ayudas, se exigirá una residencia legal y continuada de 60 meses anteriores al 1 de enero de 2019, o de 24 meses para los que acrediten un residencia discontinuada en Melilla de al menos 72 meses en los últimos diez años. En caso de matrimonio, unión de hecho o de convivencia marital, deberá cumplirse la condición de residencia por los dos miembros de la pareja.
Otro requisito es que ninguna de las personas que convivan en el inmueble, puede ser propietario de un a vivienda, tanto en la actualidad como en los últimos cuatro años.
También se exigirá que entre el propietario de la vivienda y las personas que van a convivir en ella, no exista relación de parentesco hasta el tercer grado (sobrinos)
Además, ninguno de los miembros de la unidad familiar podrá ser titular de bienes o valores con un valor superior a 7.000 euros. Este valor para los vehículos, se eleva hasta los 12.000 euros. Y si el vehículo fuese adaptado para persona con discapacidad funcional, se eleva hasta los 18.000 euros.
Según explicó el consejero, el solicitante no podrá dispones de más de un vehículo y encontrarse al corriente del pago de las obligaciones fiscales frente a la Ciudad Autónoma de Melilla y el Estado.
Por último González explicó que el solicitante no podrá recibir otra ayuda pública para atender el pago de la renta de alquiler de vivienda.
A continuación, el consejero explicó, relativo a los máximos que, con carácter general, podrán percibir esta subvención los jóvenes, o unidades de convivencia, cuyos ingresos anuales (según bases imponibles), sean inferiores a 22.558,77 euros y que, si los ingresos de la unidad de convivencia se deben a dos o más perceptores, se elevará el límite de ingresos a 26.318,56 euros.
Con respecto a los criterios de valoración, González comentó que se establecerán según dos criterios. El primero será en función de los ingresos de todos los que convivan en la vivienda. La máxima puntuación será de diez puntos para los que tengan ingresos anuales inferiores a 7.520 euros, irá disminuyendo esta puntuación en función del nivel de ingresos hasta un mínimo de dos puntos que serán las que tengan el ingreso máximo permitido par acceder a esta subvención.
El segundo se establecerá en función de los años de residencia de forma continuada en Melilla. Así, la máxima puntuación será de diez puntos para los que lleven más de 20 años empadronados. Esta puntuación irá disminuyendo hasta cuatro puntos que son los que recibirán aquellos que solo pueden demostrar una residencia continuada en Melilla de hasta diez años.
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