El Gobierno de la Ciudad Autónoma de Melilla permitirá que desde el 23 de diciembre al 6 de enero, es decir, las dos semanas de vacaciones de Navidad, se pueda salir de la ciudad o entrar para pasar las fiestas con familiares o allegados. Aún así, el confinamiento perimetral se extiende hasta el 10 de enero con estas dos semanas más flexibles como excepción, según se informó en el último Boletín Oficial de Melilla (BOME).
También se permite el desplazamiento de deportistas, personal técnico y árbitros de equipos que participen en competiciones profesionales, así como en competiciones oficiales de ámbito estatal y de carácter no profesional debidamente acreditadas.
Sobre el horario nocturno, se mantiene el actual, que va desde las 23:00 horas hasta las 6:00 de la mañana, excepto durante la noche del día 24 al día 25 de diciembre de 2020 y la noche del día 31 de diciembre de 2020 al día 1 de enero de 2021, fechas en la que las que el toque de queda comenzará a la 1:00 horas y durará hasta las 6:00 horas, pudiendo salir a la calle solo por motivos excepcionales, como ir a por un medicamento, para cuidar a una persona dependiente, acudir a trabajar, para el repostaje si es necesario o para volver al lugar de residencia después de haber llevado a cabo alguna de las actividades mencionadas en el BOME.
El número de personas que se pueden agrupar sigue siendo de cuatro en total, tanto en la vía pública como en el ámbito privado, a excepción de los que son convivientes.
En las agrupaciones que incluyan convivientes y no convivientes, no podrán superar las seis personas. No estarán incluidas en esta limitación las actividades laborales, de transporte, educativas e institucionales ni aquellas para las que se establezcan medidas específicas en la normativa aplicable. De cara a la Navidad y excepcionalmente, se levanta esta norma hasta un máximo de 10 personas en los encuentros familiares y con personas allegadas para la celebración de comidas y cenas navideñas de los días 24, 25 y 31 de diciembre de 2020 así como los días 1 y 6 de enero la permanencia de grupos de personas en espacios de uso público y privado, tanto cerrados como al aire libre, queda condicionada a que no se supere el número máximo de diez personas, salvo que se trate de convivientes.
La Ciudad Autónoma recomienda que estos encuentros se compongan de miembros que pertenezcan al mismo grupo de convivencia y que no se superen los dos grupos de convivencia.
En esta época también hay eventos en las iglesias como la Misa de Gallo y al respecto, el BOME indica que el aforo de los lugares de culto no podrá superar un tercio de su capacidad “para las reuniones, celebraciones y encuentros religiosos, tanto en espacios cerrados como abiertos, siempre y cuando se puedan mantener las medidas preventivas generales establecidas del uso obligatorio en todo momento de la mascarilla, mantenimiento de la distancia social y existencia de geles hidroalcohólicos en las zonas de acceso, atendiendo al riesgo de transmisión que pudiera resultar de los encuentros colectivos”.
Este decreto surtirá plenos efectos desde las 00:00 horas del 20 de diciembre de 2020 y mantendrá su eficacia hasta las 00:00 horas del día 10 de enero de 2021.
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