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La Fiscalía de Melilla no ve delito en alumnos que difundieron en Instagram fotos de una profesora besándose con una mujer

La Fiscalía de Menores de Melilla no ve delito de odio ni contra la intimidad ni contra la integridad moral en dos alumnos del Instituto Enrique Nieto que en diciembre de 2021 compartieron fotos que una profesora colgó en Twitter. En las imágenes se ve a la docente besándose con una mujer.

Las fotografías fueron publicadas en un chat privado de Instagram al que pertenecen todos los alumnos del grupo 1ro de la ESO del Enrique Nieto. La profesora agraviada denunció ante la Policía Nacional al alumno que compartió las fotos sin su consentimiento y a una estudiante que hizo comentarios peyorativos del tipo: "Si está casada y con una niña", "Si chilla como un hombre".

Para la Fiscalía, las conductas de los dos adolescentes denunciados merecen reproche familiar y educativo, pero considera que no son susceptibles de corrección penal "en aras de garantizar el principio de intervención mínima".

A la fiscal de Menores de Melilla Alba Noelia Porras López le parece que lo que ambos estudiantes hicieron es "éticamente reprochable", pero aclara que no constituye delito ni de odio, ni contra la intimidad ni contra la integridad moral y ha firmado el sobreseimiento de la causa. La resolución es firme y contra ella no cabe recurso alguno, según el documento al que ha tenido acceso El Faro.

No obstante, la docente podría emprender acciones civiles en caso de querer llevar el caso adelante.

¿Cómo ocurrieron los hechos?

El decreto dictado por la fiscal de Menores de Melilla asegura que la profesora agraviada fue alertada por otra docente de que en un perfil de Instagram al que pertenecen todos los alumnos de un grupo de 1ro de la ESO de este centro se habían publicado fotografías referentes a su vida privada, haciendo hincapié en su condición sexual al salir en las fotos besándose con una mujer.

Una vez recibida la denuncia, la Fiscalía comprobó que las fotos de la profesora agraviada, compartidas y comentadas por sus alumnos en un chat privado de Instagram, habían sido colgadas por la docente en Twitter, sin que el Ministerio Fiscal haya concluido si alguien las sustrajo del perfil público o por el contrario se trata de una captura hecha a un perfil privado.

En cualquier caso, la Fiscalía aclara que el hecho de que el perfil sea público o privado "en ningún caso justificaría utilizarlos para menoscabar la dignidad de una persona o divulgarlos a un gran número de personas a quien la titular no hubiera dado acceso".

No obstante, aclara que las fotos compartidas por un alumno del IES Enrique Nieto y comentadas de forma peyorativa por otra estudiante del mismo centro no pueden considerarse íntimas a efectos penales porque, según la fiscal, "sólo se trata de imágenes (de la profesora) con su pareja en lugares públicos".

Textualmente, la Fiscalía considera que "los comentarios 'está casada con una niña' y 'chilla como un hombre' no pueden considerarse injuriosos en cuanto que, no están directamente dirigidos a ella, ya que (la profesora) no forma parte del grupo (chat privado de Instagram), no han sido difundidas por ningún perfil ni red social pública ni pueden considerarse como incitativos al odio".

"Éticamente reprochable"

Para rechazar que los dos alumnos del IES Enrique Nieto denunciados por una profesora hayan incurrido en un delito de odio, la fiscal se basa en la sentencia del Tribunal Supremo 335/2017, de 11 de mayo, que exige que la conducta delictiva "alimente un clima favorable a la reproducción o se constituya en germen remoto, pero real de nuevas acciones de esa naturaleza, acciones que cuartean los pilares del Estado de Derecho", señala la resolución judicial.

La Fiscalía admite que apoderarse de las fotos de otra persona en las redes sociales y difundirlas "puede ser una conducta éticamente reprochable", pero aclara que en este caso lo que hicieron los dos estudiantes no tiene encaje en el tipo de delito contra la intimidad previsto en el artículo 197 del Código Penal porque las fotos no son, en su opinión, ni íntimas ni personales.

"Tampoco se ha producido una difusión de las mismas en un sitio público o que pudiere menoscabar su intimidad", añade.

Además, la Ministerio Fiscal descarta asimismo que en la conducta de los alumnos del Enrique Nieto se aprecie "el plus de maldad o perversidad, degradación moral ni una intensidad lesiva en el sujeto pasivo del delito", tal y como recoge la sentencia del Supremo 301/2019, de 5 de marzo, relativa al uso de fotos de terceros publicadas en redes sociales.

Dos comentarios aislados

Para la fiscal, estamos ante "dos comentarios aislados, sin reiteración relatada por la denunciante", que no se han producido en un gran foro, sino en un chat privado de Instagram al que pertenecen todos los alumnos de un grupo de 1ro de la ESO del Instituto Enrique Nieto.

Además, añade, estos "no se dirigen directamente contra la denunciante creando un clima de intimidación u hostigamiento, no susceptible de generar una situación de desasosiego o ansiedad en la denunciante ni de menoscabar gravemente ni su intimidad ni su integridad moral".

Por tanto, la fiscal de Menores de Melilla considera que "no es posible subsumir los hechos en precepto penal alguno, no siendo constitutivos de delito" y procediendo al sobreseimiento de la causa.

En todo caso, la Fiscalía admite que la conducta de los alumnos denunciados "merece el correspondiente reproche social y ético" en cuanto se trata de expresiones no respetuosas contra una profesora de instituto en las que se están realizando manifestaciones que pudieran molestarla o incomodarla".

Asimismo, la fiscal afea (no está claro si a la docente o a los alumnos) que "el siglo en el que nos encontramos y la corta edad de los denunciados debería llevar a tratar con naturalidad la publicación de fotografías con una pareja, sea hombre o mujer".

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