Cultura y Tradiciones

Fernando Germán Portillo, juez: "A nadie escapa que esta proposición de ley tiene nombres y apellidos"

El PSOE ha registrado en el Congreso una iniciativa "frente al acoso derivado de acciones judiciales abusivas" en plena investigación a Begoña Gómez y David Sánchez.

Una proposición de ley con el objetivo de convertirse en ley orgánica y dirigida contra la Constitución, concretamente contra el artículo 125 que proclama lo siguiente: “los ciudadanos podrán ejercer la acción popular y participar en la Administración de Justicia mediante la institución del Jurado, en la forma y con respecto a aquellos procesos penales que la ley determine, así como en los Tribunales consuetudinarios y tradicionales”.

Si esta ley sale adelante tendrá efecto retroactivo con lo cual las actuales investigaciones en torno al Grupo Socialista frenarían en seco.

De esta polémica proposición de ley hablamos con el juez Fernando Germán Portillo quien nos explica en qué consiste esta iniciativa: “es una regulación de la acción popular tan restrictiva que desnaturaliza una figura recogida en la Constitución española con el fin de democratizar la justicia y de que los ciudadanos puedan exigir justicia también ante los tribunales penales”.

En este sentido, Portillo añade que “aunque no tengan un interés directo en el asunto sabemos que se ha producido en el pasado reciente el ejercicio de la acción popular, fundamentalmente, por parte de los partidos políticos y sus entornos. Eso justificaría la prohibición, por ejemplo, a los partidos políticos de ejercer la acción popular, pero no justifica la enorme regulación restrictiva que se hace de esta figura hasta convertirla en una cáscara vacía, en un mero adorno de nuestro ordenamiento jurídico sin virtualidad práctica y real”.

Una propuesta que además tiene efecto retroactivo a las causas que ya se están conociendo, “lo cual da a entender que efectivamente, es una proposición de ley que piensa en casos con nombres y apellidos. De esta forma habrá causas que escapen al conocimiento de los juzgados y tribunales en el caso de que el Ministerio Fiscal no quiera acusar, y dada la vinculación que el poder Ejecutivo reconoce tener con la Fiscalía eso podría poner coto o fin de manera prematura a causas penales abiertas contra el entorno del poder Ejecutivo”.

¿A qué tipo de delitos afectaría esta ley?

Tal y como está redactada la proposición de ley “lo que pretende es afectar a las causas penales que ahora mismo están en curso, que todos tenemos en mente y que afectan al entorno inmediato del partido que está proponiendo esa reforma al eliminar la acción popular y regularla de forma que quede eliminada. Va a depender de si el Ministerio Fiscal decide o no acusar que determinadas causas, en las que está implicado el PSOE salgan adelante. Utilizar el instrumento de la soberanía popular para legislar contra casos concretos que afectan a aquel que propone la reforma podrá decirse que es legítimo, pero poco ético desde el punto de vista de la salud democrática del país”.

No en vano, “las leyes tienen que nacer con vocación general no particular. Si esta proposición se convierte en ley y se aplica retroactivamente lo que vamos a ver es el archivo inmediato de algunas causas donde el Ministerio Fiscal no tiene interés en que continúen, pero sí lo tienen las acusaciones populares. Estoy pensando, ahora mismo, en la causa contra el Fiscal General donde el Ministerio Fiscal, ya lo ha dicho en diversas ocasiones, no iría contra su propio jefe y se archivaría”.

De llevarse a cabo esta ley se limitarían los sujetos que pueden ejercer la acción popular, restringe muchísimo los delitos en los que se puede ejercer la acción popular y limita el ejercicio de la acción popular de tal forma que el acusador popular puede estar presente en el proceso, pero ni puede tener acceso a él, ni puede pedir al juez que practique diligencias, ni puede acusar si el Ministerio Fiscal no acusa, ni puede recurrir el archivo si es provisional y no definitivo, “es decir, atan de pies y manos la acción popular y convierte en un carcasa lo que es una figura constitucionalmente reconocida”.

¿Una ley anticonstitucional?

Si el artículo 125 recoge este derecho y la proposición de ley del PSOE va en contra del mismo se presenta claramente un conflicto constitucional: “la CE prevé la acción popular para que se pueda ejercer no para regularla de tal forma que no tenga virtualidad práctica”.

De momento es muy pronto para hablar de esta ley, ya que aprobar una ley ordinaria precisa de un proceso complejo, aunque, en este caso, se abrevian los trámites: “esta proposición de ley se aprobará, o no, por el trámite de urgencia porque ha sido presentada por un grupo parlamentario no como un proyecto de ley por el Gobierno. Se está yendo por un camino previsto legalmente, pero que es mucho más rápido porque no requiere de los informes de los órganos técnicos, tales como el Consejo de Estado del Consejo General del Poder Judicial”.

Pese a que es un proceso legal, “cuantos más informes se conozcan, más se debata y se delibere el resultado legislativo será de más alta calidad. Aquí lo que está claro es que se quiere ir por la vía rápida porque a nadie escapa que esta proposición tiene nombres y apellidos”.

Reacción jueces

El rechazo de las asociaciones judiciales es unánime a esta proposición de ley: “las asociaciones de jueces hemos manifestado en voz alta nuestro rechazo unánime a esta regulación tan restrictiva de la acusación popular”.

A esta crítica se añade el hecho de que “esta regulación crea espacios de impunidad en aquellas causas que, de alguna forma, salpican el Poder Ejecutivo. Por ello, las cuatro asociaciones de jueces hemos salido a la palestra para denunciar que esto no puede ser así. En concreto, mi asociación, Foro Judicial Independiente, junto con la Asociación de Jueces de Francisco de Vitoria iniciará una petición a los grupos parlamentarios para explicarles el motivo de la proposición”.

“Creo que a cualquier demócrata le debe repugnar que se modifique una ley en beneficio del partido del Gobierno. En 2017 cuando el PP también intentó restringir la acción popular, el PSOE denunció este caso porque era un intento de cerrar por la puerta falsa la causa de corrupción que se seguía contra el PP, en aquel momento”.

En caso de salir adelante, esta ley podría ser una realidad antes del verano. Hay que dejar claro que al tratarse de una ley orgánica se eliminan delitos como el relativo a las ofensas de sentimientos religiosos.

“Los jueces estamos obligados a velar por el cumplimiento de la las leyes lo cual no nos exime de nuestra obligación ética y legítima de denunciar durante el trámite parlamentario aquello que nos parece que va en contra de los valores constitucionales de independencia judicial”.

En caso de que esta ley entre en vigor, el Tribunal Constitucional sería el único órgano jurisdiccional que podría declarar inconstitucional esta ley.

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