Varias organizaciones relacionadas con los temas de infancia y migración han enviado al Ministerio de Justicia algunas propuestas para modificar ciertas cuestiones comprendidas en el Anteproyecto de Ley que norma el proceso concerniente a la evaluación de la edad de los niños y niñas que arriban sin acompañantes al territorio español.
Mediante un documento remitido a ese organismo de la administración pública, entidades entre las que se encuentran Save the children, Extranjeristas en Red, Noves Vies y otras, han diagnosticado una serie de imperfecciones en tal regulación, a partir de las cuales plantean ideas como la de reforzar la diligencia de acudir a las naciones de procedencia de los infantes con el fin de acceder a la documentación de estos.
Además, insisten en la existencia de un trámite de contestación escrita que certifique de mejor manera el derecho de los pequeños a sus defensas.
Por otra parte, piden que el dictamen “carezca de efectos de cosa juzgada”, lo cual consentiría que el juzgado que atendió el asunto en primera instancia pueda revisar su sentencia luego de la aportación de los escritos provenientes del país de origen del menor.
Asimismo, solicitan que el procedimiento se configure “como preferente, pero no urgente”.
Las organizaciones han planteado también otras proposiciones centradas en la formación de los profesionales involucrados en el procedimiento, así como en la inclusión de la legitimación de un abogado para el defendido en el momento de dar comienzo al proceso.
Entretanto, apuntan hacia las irregularidades que aparecen en las pruebas realizadas para evaluar las edades, sobre todo las radiológicas, las cuales son poco fiables e insisten en la preponderancia de los documentos procedentes de los territorios de origen de los chicos sobre cualquier otro argumento para demostrar los años de vida de los jóvenes.
Refieren igualmente el tema de la brevedad de los plazos dispuestos para los procedimientos, algo que obstaculizaría a los defendidos la tramitación en tiempo de sus papeles.
Según las organizaciones, estas evaluaciones de las edades de los niños han sido criticadas en muchas ocasiones, debido a los derechos que vulneran. Mientras, el Tribunal Supremo ha especificado que solamente podrá efectuarse la determinación de la edad “en el caso de personas sobre las que existan dudas” de acuerdo con su apariencia física y, además, se hallen indocumentadas.
Pese a lo anterior, se han referido de forma favorable a algunos elementos de la normativa que se halla en consulta. Tales son los casos de la garantía del principio de presunción de minoría de edad, las condiciones holísticas de las pruebas y otras.
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