Categorías: Tribunales y Justicia

El tribunal también deja sin efecto las medidas impuestas a José Pastor

Al director general de Medio Ambiente se le imputó un delito de falsedad documental, que luego la juez Alcázar amplió a otros delitos.

La misma suerte que el consejero de Medio Ambiente, José Ángel Pérez Calabuig, ha corrido para su director general, José Pastor, también imputado en el marco de la llamada ‘Operación Ópera’. La Audiencia ha dejado sin efecto las medidas cautelares impuestas a Pastor, imputado en un principio por un delito de falsedad en documento público, que posteriormente, la entonces juez de Instrucción número 4, Mª José Alcázar, amplió a los delitos de fraude, prevaricación y contratación ilegal. El tribunal acepta dos de los argumentos esgrimidos por la defensa del director general de Medio Ambiente en el recurso que presentó para impugnar las medidas que se le impusieron, como al resto de los imputados: Prohibición de salir de territorio nacional, retirada de pasaporte y la obligación de comparecer en los juzgados los días 20 de cada mes.
Por una parte, el tribunal reconoce que Pastor tiene un arraigo demostrado en la ciudad, en los mismos términos que Pérez Calabuig. En Melilla tiene fijada su residencia familiar y ostenta un cargo de responsabilidad en la Ciudad Autónoma. Por tanto, no es presumible el riesgo de fuga suficientemente para imponer las medidas cautelares, que Pastor ha cumplido hasta ahora. Otro de los motivos de la defensa es que su cliente “no ha cometido delito alguno”. Al respecto, la Audiencia precisa que “si ha cometido delito alguno o no, eso es algo que este tribunal, con los elementos de juicio que han sido puestos a su disposición, y en esta fase del proceso, aún no puede determinar”.
Sin embargo, el tribunal destaca que la imputación contra Pastor carece “de la suficiente concreción”. Recuerda que el auto de la juez Alcázar del 18 de octubre imputa al director general de Medio Ambiente un delito de falsedad en documentos públicos, “pero en ninguna parte del testimonio de particulares remitido a esta Sala se especifica en qué consiste esa supuesta falsificación cometida por el recurrente”.
La juez de Instrucción número 4 amplió la imputación el pasado mes de marzo contra Pastor, pero la resolución de la juez Alcázar es, para la Audiencia, “una especie de cajón de sastre”, pues se alude a la existencia de “indicios de participación del imputado en delitos de fraude, prevaricación y contratación ilegal, entre otros”. “Es decir, que el auto deja incluso abierta la posible existencia de una nebulosa delictiva sin definir”, tacha la Audiencia.

Medidas innecesarias
El tribunal recuerda en su resolución que la obligación ‘apud acta’ de comparecer en los juzgados los días que se determinen, en el caso de los imputados en la ‘Operación Ópera’ los días 20, es una medida que se aplica cuando se dictamina la libertad provisional para evitar que el imputado evite la acción de la justicia, pero las comparecencias mensuales impuestas a Pastor “no se ha motivado mínimamente la razón de ser de esa comparecencia mensual, con suficiente arraigo del mismo –José Pastor–”. Por ello, la Audiencia considera “innecesaria” esta medida y la deja sin efecto.
Por tanto, concluye el tribunal, dado el arraigo probado del director general de Medio Ambiente en la ciudad y que la comparecencia ‘apud acta’ es “innecesaria”, la retirada del pasaporte también queda sin efecto.
Únicamente, la Audiencia recuerda a Pastor y al consejero de Medio Ambiente, José Ángel Pérez Calabuig, su obligación de comparecer en los juzgados cuando sean “citados expresamente” para ello.

El precedente: Ramón Gavilán

El pasado mes de febrero, la Audiencia Provincial en Melilla levantó las medidas cautelares impuestas al ex consejero de Medio Ambiente, Ramón Gavilán, imputado en la llamada ‘Operación Ópera’.  Fue el primero de los imputados a los que el tribunal dejó sin efecto las medidas cautelares que continuaron para los otros cinco imputados, sin pasaporte y con la obligación de comparecer mensualmente en los juzgados. La resolución favorable a Gavilán ha sentado un precedente igualmente favorecedor para el resto de imputados que han presentado recurso. En este caso, el consejero y el director general de Medio Ambiente, mientras que continúan en la misma situación el jefe de la Oficina Técnica de Protección del Ambiente Urbano, Luis Carlos López Rueda, y el interventor de la Ciudad, Francisco Platero, que también fueron detenidos el pasado 18 de octubre de 2013, junto a Pérez Calabuig y Pastor. No obstante, la situación de ambos puede cambiar también en las próximas horas o días.

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