El tribunal recuerda que una absolución en primera instancia no puede ser revocada después en un recurso de apelación o casación, también respecto del inspector jefe del ‘Caso Novolujo’.
La sentencia dictada por el Tribunal Supremo, conocida ayer, que absuelve al inspector jefe de Policía, Juan Belver, de un delito de intromisión ilegítima de la intimidad por el llamado ‘Caso Novolujo’, desestimó todos los argumentos del recurso de casación de la acusación particular, esto es, del ex consejero de Hacienda, Francisco Suárez. Según reza en la resolución del Supremo a la que ha tenido acceso El Faro, la defensa de Suárez considera que Belver debió ser condenado por tres delitos y no sólo uno, aunque finalmente haya sido absuelto completamente.
En el recurso de casación presentado por el letrado de Francisco Suárez contra la sentencia de la Audiencia Provincial, que condenó a Belver por el delito de interceptación ilegal de las telecomunicaciones, considera que ésta entra en contradicción con la absolución por los delitos de falsedad documental y acusación falsa. “No se entiende que se condene por un delito de interceptación ilegal de las telecomunicaciones sobre la base de una falsedad y por el contrario se absuelva del delito de falsedad por el que venía siendo acusado”, reza en la sentencia.
Errores, no intencionados
El Supremo precisa que de los informes policiales del ‘Caso Novolujo’ sobre las escuchas telefónicas contenían datos objetivos, si bien “algunos de ellos” pudieron ser erróneos, el resto no. Y los erróneos no son “en ningún caso esenciales para la adopción de las diligencias practicadas”. En conclusión, el Supremo explica que la “incorrección resulta de algunas de las valoraciones realizadas, no de los datos suministrados”. Y añade que la intervención del teléfono de Francisco Suárez estaba justificada, ya que éste “mantenía estrechas relaciones con Mohamed Halifa que merecían ser investigadas”. El Supremo rechaza también la argumentación de Suárez de que los errores cometidos en la investigación del ‘Caso Novolujo’ fueran intencionados.
Además, el tribunal afirma que la absolución de Juan Belver de los delitos de falsedad y denuncia falsa están bien argumentados y motivados. En este sentido, el Supremo agrega que la jurisprudencia determina que una absolución dictada en primera instancia no puede ser revocada después en un recurso de apelación o casación.
Por último, en el recurso el abogado de Suárez reclamó una indemnización por los daños morales a su persona y a su hijo menor y daños materiales ocasionados “en su condición de profesional”, pues la sentencia de la Audiencia Provincial en Melilla únicamente determinó 60.000 euros de indemnización por los daños morales. Sin embargo, el Supremo desestima también este punto, puesto que la absolución íntegra de Belver en el caso deja “sin objeto” que se fije una indemnización.
La defensa de Suárez, lamenta el contenido de la sentencia
El abogado defensor de Francisco Suárez, José Luis Alabarce, lamentó ayer el resultado que obtenido con la resolución del Tribunal Supremo, que conlleva la absolución del inspector jefe Juan Belver, aunque acata el resultado. Destacó que la sentencia del Supremo lo que hace es decir que el razonamiento de la sentencia para condenar a Belver no es suficiente, pero no niega que la actuación policial llevada a cabo contra Suárez fuera “errónea y gratuita”, en cuanto a la imputación, detención e ingreso en prisión. Algo que quedó demostrado, en su opinión, durante el juicio celebrado en la Audiencia Provincial de Melilla en marzo del año pasado. Por tanto, restó importancia a la condena o absolución de Belver, pues, insistió el letrado en que sí ha quedado demostrado que con su cliente “se equivocaron y el Supremo no ha dicho lo contrario”. Alabarce lamentó, igualmente, que la defensa que el Supremo hace de la presunción de inocencia y la garantía de los derechos sobre la persona de Juan Belver no haya sido la misma que recibió durante todo el proceso el ex consejero de Hacienda. El abogado subrayó que “las pruebas contundentes” que el Supremo destaca como necesarias para haber desvirtuado la presunción de inocencia de Belver no se dieron en el caso de su cliente. “La presunción de inocencia no se respetó con Suárez y se ha probado que se equivocaron. Hubiera sido deseable que mi cliente hubiera gozado de los mismos derechos por parte del Belver, como jefe del Grupo cuando investigaba a Suárez, que los que ahora ha tenido el Belver en el Supremo”, concluyó Alabarce.
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