Como había anunciado hace unos días a través del diputado por Melilla y miembro de la Comisión de Defensa en el Congreso, Fernando Gutiérrez Díaz de Otazu, el Partido Popular (PP) propuso una moción para que Melilla y Ceuta sean incluidas en la revisión de un nuevo Concepto Estratégico de la Organización del Tratado del Atlántico Norte (OTAN), que deberá ser aprobado durante la Cumbre anual de la Alianza que tendrá lugar en Madrid el 29 y el 30 de junio próximo.
Concretamente, los populares solicitan que el gobierno de España plantee la introducción de un cambio en el artículo 6.1. del Tratado Fundacional de la también llamada Alianza Atlántica para sumar a las ciudades de Melilla y de Ceuta en el espacio territorial recogido en el citado artículo.
En ese sentido, el PP demanda que la petición sea recogida por el Nuevo Concepto, que ya se analizó en una reunión telemática del Comité Permanente de la Asamblea Parlamentaria de la OTAN el pasado martes y que se volverá a revisar el venidero 22 de febrero presencialmente en Bruselas, antes de que su versión definitiva pase a ser negociada por los gobiernos.
Según justifica el PP, su propuesta debe ser incorporada porque las ciudades de Melilla y de Ceuta forman parte de la nación española desde 1497 y 1580, respectivamente, y nunca fueron consideradas colonias, como tampoco lo han sido las Islas Canarias, ni las Islas Chafarinas, ni el Peñón de Alhucemas, espacios que sí están acogidos en la delimitación geográfica incluida en el artículo 6.1.
Asimismo, el PP recuerda que el Tratado Fundacional se suscribió en 1949 y la entrada de España en la OTAN no se produjo hasta 1982, cuando los responsables políticos españoles no creyeron necesario hacer referencia a la inclusión de los "territorios al norte del Trópico de Cáncer", sino la referencia exclusiva a las "islas" que es lo que incluye la redacción literal del Tratado.
Sin embargo, los populares consideran que la inclusión específica de Melilla y de Ceuta en el texto no significaría un incremento de las exigencias defensivas de la alianza militar ya que ambas ciudades "se encuentran suficientemente cubiertas por las capacidades defensivas de la nación española frente a los retos a los que las mismas puedan tener que hacer frente".
En cambio, la exclusión específica de las dos ciudades, por la omisión explícita del espacio en el que se encuentran, a tenor con el PP, puede ser entendida por la sociedad española como un cuestionamiento de los países de la Alianza sobre la legitimidad de la soberanía española sobre dichos territorios. Sin dudas, esto resulta "incomprensible para la ciudadanía española" y "representa un obstáculo para la promoción de la buena imagen de la Alianza entre determinados sectores de la población".
De ahí que el PP defienda como algo positivo que la revisión del Concepto Estratégico comprenda en una cita la necesidad de ampliar el espacio geográfico contemplado en el artículo 6.1 del Tratado al sustituir el término de “islas” al norte del Trópico de Cáncer por el de “territorios” al norte del mismo Trópico.
Vale resaltar que el Concepto Estratégico es el segundo documento de mayor relevancia normativa dentro de la OTAN, solo superado por el Tratado Fundacional de 1949, que cuenta con 14 artículos y cuya flexibilidad posibilita precisamente que mediante la aprobación de distintos Conceptos se vaya modulando la postura de los países aliados y de la Alianza en sí misma, de acuerdo con los cambios del panorama estratégico del mundo.
Por otro lado, es importante destacar que el Concepto Estratégico vigente fue aprobado en Lisboa en la Cumbre de noviembre de 2010 y que el proceso de desarrollo del nuevo se estructura en dos fases. La primera etapa, de octubre de 2021 a marzo de 2022, es de consulta y afecta a los gobiernos de los países aliados, pero también a otros contribuyentes claves como la Asamblea Parlamentaria. La segunda, que se llevará a cabo desde marzo hasta que se realice la Cumbre, contempla la negociación en la que participan exclusivamente los gobiernos de los países aliados.
Díaz de Otazu ha explicado que en el Tratado Fundacional no se incluía explícitamente a las dos ciudades autónomas en lo relacionado con los “territorios objeto de las coberturas derivadas del derecho a la legítima defensa colectiva”, que contempla su artículo 5, pero en el Concepto vigente se amplió la cobertura de este principio de defensa mutua colectiva no ya a un área concreta delimitada geográficamente por el Trópico de Cáncer, sino a los retos de un aliado o de las alianza en su conjunto.
Además, el diputado popular ha insistido en que la soberanía de España no se encuentra cuestionada por otro actor internacional que no sea Marruecos. No obstante, piensa que la reivindicación de Rabat es, a los efectos de la seguridad, “irrelevante”. Para Díaz de Otazu el problema más acuciante de ambas ciudades es su situación económica, social y política, perjudicada por actuaciones unilaterales del régimen marroquí.
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