Según la previsión de precios del Instituto de Mayores y Servicios Sociales (Imserso), su Programa de Turismo para la temporada 2022-2023, cuyo plazo de presentación de nuevas solicitudes de participación culminó esta semana, incluye viajes a Melilla o a Ceuta por cinco días y cuatro noches por 266,81 euros.
Aunque son precios que podrán minorarse para las personas que tengan recursos económicos iguales o inferiores al importe de las pensiones no contributivas de jubilación e invalidez de la Seguridad Social, comprenden alojamiento en una habitación doble a compartir.
Ahora, si la persona beneficiaria desea habitación de uso individual, se incluirá el suplemento de 25 euros por noche en el caso de ambas ciudades autónomas, comprendidas dentro de la modalidad de turismo interior, en la que también se incluyen los circuitos culturales, el turismo de naturaleza y los viajes a capitales de provincia.
Asimismo, en los referidos costes se incluye la pensión completa, excepto en viajes a capitales de provincia, que el régimen es de media pensión; y transporte, salvo en las modalidades en las que no está incluido expresamente o en viajes a capitales de provincia.
También abarcan turnos de Navidad y Fin de Año, que incluye un suplemento de 20 euros por persona por cada comida (25 diciembre y 1 de enero) o cena de gala (24 y 31 de diciembre).
De conformidad con la Orden 926/2018, de 10 de septiembre, por la que se regula el Programa de Turismo del Imserso, y la Resolución de 7 de junio de 2022, del Imserso, se convocaron un total de 816.029 plazas para personas mayores que fueran, por ejemplo, residentes en España y pensionistas de jubilación, de viudedad con 55 o más años de edad, o por otros conceptos del Sistema de Seguridad Social español o perceptor de prestaciones o subsidios de desempleo, con 60 años cumplidos o más años de edad; o ser asegurado o beneficiario del propio sistema, con 65 años cumplidos o más años de edad.
También podrán participar los españoles residentes en el extranjero siempre que reúnan alguno de los requisitos incluidos en el apartado anterior. Así, los españoles residentes en Alemania, Andorra, Austria, Bélgica, Dinamarca, Finlandia, Francia, Holanda, Italia, Luxemburgo, Noruega, Portugal, Reino Unido, Suecia y Suiza, podrán tramitarlo en las correspondientes Consejerías de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social.
Asimismo, podrán disfrutar de esta oferta los españoles de origen emigrantes que hayan retornado a España, siempre que sean pensionistas de los sistemas públicos de Seguridad Social del país o países a los que hubieran emigrado.
Por otra parte, las personas usuarias podrán ir acompañadas por su cónyuge o, en su caso, por pareja de hecho o persona con la que se constituye una unión estable y de convivencia con análoga relación de afectividad a la conyugal, sin necesidad de que estos reúnan los requisitos de edad o pensión.
A la vez, podrán ir acompañadas de sus hijos e hijas con discapacidad, en grado igual o superior al 45%, siempre que viajen con sus padres y se alojen en la misma habitación o, en su caso, abonen el suplemento establecido para habitaciones dobles de uso individual, que estará sujeto a la disponibilidad de plazas.
En cualquier caso, las personas usuarias de plazas y sus acompañantes deben valerse por sí mismas para realizar las actividades básicas de la vida diaria.
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