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El derecho al olvido, sólo si no se trata de una persona o una noticia relevante

 La persona que desee desvincula su nombre de noticias de un buscador debe solicitarlo a la empresa en un formulario

El ex director de la Agencia Española de Protección de Datos, José Luis Rodríguez Álvarez, fue uno de los conferenciantes del curso ‘Ciberseguridad y tutela de derechos en las redes’. Destacó que desde este organismo se llevaba unos cinco años luchando por el reconocimiento del derecho al olvido aunque no fue hasta la sentencia de mayo del pasado año del Tribunal de Justicia Europeo cuando este trabajo se “ha visto reconocido”. Tras esa labor, “los europeos tienen el derecho a exigir a los buscadores de Internet que no se difundan informaciones personales que les afecten, si no tienen relevancia o interés público”. Explicó que si la persona a la que se refieren estas informaciones no tiene una relevancia pública puede solicitar también esta medida.
Pero, ¿de qué forma se puede evitar que con esta política se puedan eliminar informaciones y por lo tanto, se esté vulnerando el derecho de información? Rodríguez Álvarez indicó que no se pueden acoger a este derecho informaciones noticiables o hechos que son noticia o interés público. Tampoco lo pueden ejercer personas que tengan una proyección o relevancia pública o que de forma de forma temporal se vean implicados en un hecho noticioso.
Rodríguez Álvarez aseveró que hay mucha confusión sobre este derecho que no es absoluto, y por lo tanto, es compatibles tanto con el derecho a la intimidad como con el derecho a la información porque “no implica el borrado de la información, que queda intacta en la fuente original”.
Es más, estas noticias son accesibles a través de los buscadores siempre que se busque con una palabra o concepto distinto del nombre de la persona que a solicitado este derecho al olvido. Por ello, hizo hincapié en que se consigue conciliar la protección de la persona individual y evitar el impacto que tiene en su esfera personal el que la información sea accesible por su nombre con el mantenimiento de la información íntegra con otras finalidades.

El proceso
El ex director de la Agencia Española de Protección de Datos explicó que el afectado, la persona que considera que la accesibilidad de la información personal a través de un buscador le causa un problema o un perjuicio, debe dirigirse en primer lugar al responsable de este buscador. Indicó que en España el más frecuente es Google, con una cuota de 96%.
Tras la sentencia del Tribunal Europeo y tras dialogar con las empresas que dirigen los buscadores, se ha habilitado un formulario web a través del cual se puede solicitar que deje de mostrar en los regulados de búsqueda a ese nombre enlaces a determinadas noticias. La persona debe recoger en este documento las direcciones que llevan a esta información que considera problemática.
A partir de este punto, la empresa debe valorar si la información tiene interés general o si reconoce el derecho a esta persona. Si la respuesta que le da al afectado no le satisface puede acudir a la Agencia de Protección de Datos y pedir su tutela.
Pero Rodríguez Álvarez  hizo hincapié en que en primer lugar el denunciante debe ir a la empresa del buscador a reclamar su derecho al olvido porque es un “derecho personalísimo” y la Agencia sólo puede intervenir si se ha llevado a cabo esta petición de forma individual. En el caso de que la resolución de la agencia no le guste al afectado o a la empresa del buscador, cualquiera de los dos puede ir a los tribunales, que son los que tienen la última palabra sobre este tema.

Yihadistas: Internet con maestría

El coronel jefe  de la Comandancia General de la Guardia Civil de Granada, Manuel Llamas Fernández, ofreció una conferencia sobre ‘Radicalismo a través de la red’. Destacó que Internet es un medio “muy potente de comunicación” y el terrorismo no deja de ser una comunicación en muchos sentidos y direcciones. Aseguró que desde el nacimiento de Internet los yihadistas tuvieron interés en esta herramienta. Al contrario de lo que muchos expertos opinan, señaló el coronel, estos terroristas islámicos utilizan la red, desde foros a blog y actualmente las redes sociales para hacer llegar su mensaje lo más lejos posible. Aseveró que todos los grupos terroristas implementan todas las herramientas que tienen a su alcance para hacer llegar su mensaje al mundo y añadió que en el caso de los yihadistas lo están haciendo con “maestría”.

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