La Inspección de Trabajo acusa a ambas asociaciones de que mantienen una relación laboral irregular con sus músicos y pide como sanción algo más de 500.000 euros. El juicio contra la Asociación Orquesta Sinfónica Ciudad de Melilla y la Asociación Banda de Música Ciudad de Melilla, interpuesto por la Inspección de Trabajo y que se celebró ayer en el Juzgado de lo Social número 1, quedó visto para sentencia.
La defensa de ambas asociaciones, representada por Alberto Requena, se mostró esperanzado de que la sentencia, que no se conocerá hasta pasado, por lo menos un mes, sea favorable a sus intereses.
El proceso, iniciado hace dos años, se produce tras la denuncia presentada por la Inspección de Trabajo contra estas asociaciones al entender que existe una relación laboral ‘irregular’ entre los componentes de la Orquesta y la Banda con la Asociación, de tal manera que, según argumentó la acusación, representada por el abogado del Estado, José Antonio Palau, éstos están recibiendo una compensación económica por los conciertos. Además, alegó que la Asociación, como empresa, es la que dicta las fechas y horarios de ensayos y estos conciertos, así como la indumentaria que debe llevar cada componente.
Esta relación laboral, que demanda la acusación, llevaría una sanción económica para ambas asociaciones al considerarlas empresas y no haber cumplido con la ley por no dar de alta a los ‘trabajadores’ como artistas. Así, en el caso de la Asociación de la Orquesta, la cuantía de la sanción que pide la acusación asciende a 227.000 euros, mientras que para la de la Banda es de 281.000 euros.
Por parte de la defensa, que niega esta acusación, alega que no existe esa relación laboral, que las dos asociaciones tienen carácter de entidades sin ánimo de lucro y que la retribución económica que reciben es para cubrir los gastos de desplazamiento o para el mantenimiento de los instrumentos.
Todo ello, evidentemente, motiva que no estén dados de alta como artistas en el Régimen General, pues la relación que existen entre ellos es la de músicos que acuden libremente tanto a los ensayos como a los conciertos, sin obligatoriedad alguna. Y como ejemplo, Requena indicó que alguno de los componentes a veces no puede acudir a los ensayos por obligaciones en sus respectivos puestos de trabajo.
También postuló la defensa que en el listado de nombres que aporta la acusación para darse de alta como artistas figuran personas ajenas a las asociaciones, caso de personal de la limpieza que trabaja en las dependencias donde se reúnen ambas entidades, o el de una persona particular que alquiló una vivienda como residencia al director de la Banda y la Orquesta.
El juicio estaba previsto que se celebrara a las 10:45 en el caso de la Banda y 15 minutos más tarde en el de la Orquesta, aunque al final fue aplazado hasta la tarde debido a que los procesos judiciales programados en la sala con anterioridad a éstos se extendieron durante toda la mañana.
Sólo se produjo durante la mañana una ‘prueba anticipada’, en la que declaró una testigo de la acusación que, al no encontrarse en la Ciudad Autónoma se hizo a través de videoconferencia.
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