Categorías: Tribunales y Justicia

Dos melillenses, condenados a 4 años de cárcel por tráfico de inmigrantes

La acompañante de uno de ellos en el vehículo donde hallaron a un marfileño, absuelta.

La Audiencia Provincial ha condenado a dos melillenses, Abdelah El Yazidi y Soliman Abdelkader, a cuatro años de prisión para cada uno por un delito de tráfico de inmigrantes. La mujer que acompañaba al primero de ellos en el coche donde la Guardia Civil halló a un inmigrante procedente de Costa de Marfil fue absuelta al considerar el tribunal que no ha quedado probado que supiera que en el vehículo había una persona escondida. La Fiscalía pedía para la mujer cuatro años de prisión, al igual que para el conductor. Sin embargo, para el tercer acusado pedía siete años de prisión por organizar el pase. El cuarto acusado, propietario del vehículo manipulado, está en busca y captura. La sentencia no es firme, pues contra ella cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo.
La Audiencia afirma que los dos condenados, residentes en Melilla, cruzaron el paso fronterizo de Beni Enzar el 26 de marzo de 2012 con conocimiento de que en el todoterreno había un inmigrante oculto. Uno de ellos, el conductor, junto con una mujer y sus dos hijas menores de edad, viajaban en el citado todoterreno, de matrícula española, en el que la Guardia Civil halló a un inmigrante oculto en un doble fondo practicado en el maletero del coche, concretamente en el espacio del depósito de combustible.
El segundo condenado fue detenido porque los dos ocupantes del todoterreno dijeron que “un tal Samir”, que no es su verdadero nombre, les había pedido en la rotonda de la localidad marroquí de Beni Enzar que pasaran a Melilla con el vehículo. De hecho, después de que la Guardia Civil hallara al inmigrante escondido, localizaron a ‘Samir’ en la cola de entrada de la frontera de Beni Enzar, esperando su turno para el control de las autoridades españolas.

Cruzaron la frontera 4 veces
El tribunal considera que en el juicio, celebrado el pasado mes de noviembre, quedó probado que ‘Samir’ pidió al conductor del todoterreno que cruzara la frontera con el vehículo, si bien éste pertenece a otra persona que está en busca y captura, mientras él conducía otro con el mismo propósito de entrar a la ciudad autónoma.
Además, esta operación no solamente la realizaron el día 26 de marzo de 2012 sino que también cruzaron la frontera de Beni Enzar con los mismos vehículos en cuatro ocasiones semanas antes de la detención. Por tanto, el tribunal considera que ambos condenados se conocían y mantenían una relación de amistad.
Los agentes del Instituto Armado que llevaron a cabo la investigación declararon ante la Audiencia que, cada vez que entraban ambos vehículos a Melilla, poco después se producía un ingreso en el Centro de Estancia Temporal de Inmigrantes (CETI). Sin embargo, sobre este aspecto el tribunal no se pronuncia en la sentencia al no existir pruebas contundentes de que los inmigrantes que ingresaban en el CETI en esos días hubieran cruzado  la frontera en el vehículo intervenido el día 26.

Pena mínima sin agravantes

La Audiencia impuso la pena mínima a dos de los tres acusados por un delito contra los derechos de los ciudadanos extranjeros al no percibir ningún agravante, como el riesgo para la vida del inmigrante.
El dictamen recoge la descripción del habitáculo en el que viajaba encajonado el inmigrante de Costa de Marfil. El depósito de combustible había sido retirado y en su lugar se habían soldado unas chapas metálicas. La tapa iba atornillada y se accedía al doble fondo a través del maletero.  El espacio medía 92 centímetros de largo, 40 de ancho y 46 de altura.
El tribunal reconoce que el inmigrante necesariamente fue introducido con ayuda de terceras personas, al igual que fue auxiliado para salir. Pero no queda probado que, a pesar de las reducidas dimensiones del espacio, la integridad física del inmigrante corriera peligro, pues de su testimonio no se puede determinar cuánto tiempo estuvo dentro del doble fondo. De hecho, el tribunal cree, tal y como recoge la sentencia, que el marfileño pudo introducirse en el hueco en las inmediaciones de la frontera de Beni Enzar.
Además, cuando fue rescatado por la Guardia Civil no requirió asistencia médica y el parte facultativo del Hospital Comarcal constata que el inmigrante presentaba un buen estado general de salud.
En definitiva y a la vista de que la vida del marfileño no corrió peligro, el tribunal no puede aplicar el agravante contemplado en el artículo 318 bis del Código Penal, que implicaría una pena de prisión mayor a la que ha condenado la Audiencia a dos de los tres procesados.

El depósito de combustible fue retirado y en su lugar había una botella con gasolina

Los guardias civiles que participaron en la detención y la investigación posterior explicaron al tribunal de la Audiencia que el todoterreno en el que hallaron al inmigrante ya estaba siendo investigado, precisamente porque en corto espacio de tiempo había cruzado la frontera de Beni Enzar en numerosas ocasiones. Sin embargo, no fue hasta la quinta ocasión cuando localizaron al inmigrante oculto en el maletero. El coche del tercer acusado también estaba siendo investigado.
Gracias al ojo entrenado, los guardias pudieron detectar inmediatamente que el vehículo había sufrido una modificación en el motor y en el maletero. En el hueco del depósito de combustible estaba encajonado el inmigrante y una garrafa de plástico con cinco litros de gasolina hacía las veces de depósito. En la sentencia, el tribunal destaca que tales modificaciones no pudieron pasar inadvertidas para  los agentes como tampoco para el conductor, pues eran evidentes incluso para una persona sin conocimientos de mecánica. Por tanto, la Audiencia considera que el conductor sabía de la presencia del inmigrante en el doble fondo.
A posteriori, la Benemérita comprobó que cada vez que entraban estos dos vehículos en Melilla, aproximadamente una hora después el CETI registraba un nuevo ingreso.

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