Opinión

Devolución de niños marroquíes en Ceuta: complicado, pero no imposible

El ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska, asegura que la paralización cautelar durante 72 horas (hasta este jueves) de la devolución de menores marroquíes no acompañados a Marruecos se debe a una discusión “técnico-jurídica” sobre la aplicación del Tratado hispano-marroquí firmado en Rabat el 6 de marzo de 2007 por el Gobierno de Zapatero. Hay que aclarar que este acuerdo bilateral entró en vigor el 2 de octubre de 2012, con Mariano Rajoy en la Moncloa y no fue publicado en el Boletín Oficial del Estado hasta el 22 de marzo de 2013.

Cuando releemos ese Tratado “sobre la cooperación en el ámbito de la prevención, de la emigración ilegal de menores no acompañados, su protección y su retorno concertado” nos podemos hacer una idea de lo mucho que debe costarnos a los españoles la manutención de los niños marroquíes que llegan sin familia a nuestros país para que accedamos a firmar y ratificar un documento que nos obliga a pagar la repatriación (como es lógico), pero también nos compromete a rascarnos el bolsillo para colaborar con el desarrollo social y económico de las zonas de origen de esos menores que emigran a España.

Hay que añadir que también firmamos el compromiso asumible de luchar contra las mafias que trafican con personas y que en muchos casos están detrás de la llegada de cientos de niños que dejan atrás a sus familias en busca de educación, comida y futuro en España.

Vayamos por partes. El artículo 7 del Tratado de 2007 fija textualmente que España asumirá “la financiación de las acciones de protección y de repatriación de los menores de edad no acompañados” que deben ser devueltos, según el artículo 5 a su entorno familiar o a una institución que se encargará de su tutela.

También deja negro sobre blanco que las devoluciones se deben realizar en observancia de la Ley de Extranjería 4/2000, el Derecho Internacional y la Convención sobre los Derechos del Niño. Vamos, casi nada.

Hay un punto interesante en toda la polémica montada en torno al retorno irregular de niños marroquíes en Ceuta. Entre la entrada de más de 1.500 menores no acompañados en el conato de invasión de mayo pasado a la ciudad caballa y el inicio de las repatriaciones tuteladas por el Ministerio del Interior han pasado tres meses. Casualmente, este tratado hispano-marroquí de devolución de menores no acompañados recoge en las Disposiciones finales del artículo 9 que una de las partes puede demandar a la otra el cumplimiento de este acuerdo suscrito y ratificado pasados 90 días. ¿Coincidencia o exigencia? No lo sabemos. El caso es que han pasado 90 días desde el intento de marcha verde sobre territorio ceutí.

El Faro de Ceuta ha desvelado este miércoles que en mayo fueron devueltos a Marruecos unos 500 menores extranjeros no acompañados sin que en ese momento ni las ONG ni ningún ministro de Podemos dijera que eso no puede hacerse. ¿Por qué tanto celo ahora? ¿Por qué antes no importó la devolución con todas las garantías y ahora sí?

En estos momentos las devoluciones se están haciendo, según Marlaska, atendiendo al procedimiento marcado en el Tratado, que no es otro que el establecido en el artículo 35 y el 58.3 (b) de la Ley de Extranjería. Este último es el artículo de la discordia desde hace años porque, en esencia, es el responsable de toda la polémica montada en torno a las devoluciones en caliente. Por una parte dice que no se necesita expediente de expulsión y por otra, que debe hacerse en un plazo de 72 horas.

Por su parte el artículo 35 es el que marca los requisitos en las devoluciones de menores: hay que escuchar la opinión del niño “si tiene suficiente juicio” y se necesita un informe de Fiscalía y de los Servicios de Protección de Menores. Y aquí estaría el fallo ya que el Ministerio Fiscal se queja de que no ha sido consultado pese a que su informe es preceptivo.

Pero, como todos sabemos, cada ley tiene un reglamento y el de la Ley de Extranjería está recogido en el Real Decreto 551/2011, que sí especifica cómo debe hacerse todo el procedimiento administrativo de devolución que, como no puede ser de otra manera, ha de llevarse a cabo de manera individualizada.

El problema es que nuestra Ley de Extranjería, que está pidiendo a gritos una reforma integral, no recoge particularidades como la que ocurrida en Ceuta en mayo pasado. No estamos hablando de la entrada ilegal al uso de menores extranjeros no acompañados sino de la entrada incentivada desde un Gobierno, que en algunos casos incluso recurrió al engaño para que los niños se animaran a acceder a nuestro país.

Evidentemente el caso es complejo, pero hay que buscarle una salida. En primer lugar por el bien de los menores que estarán mejor con sus padres que siendo víctimas de pedófilos y pederastas en las calles. En segundo lugar, por el bien de las arcas públicas españolas, en un momento de crisis económica.

Evidentemente quienes salen mal paradas son las ONG que tienen trabajadores a su cargo, cuyas nóminas dependen de la industria de la Inmigración. Lo vivimos aquí en Melilla cuando los saltos de 2013 y 2015. En ese momento las multinacionales de la ayuda humanitaria aterrizaron en nuestra ciudad quedándose con todos los contratos que perfectamente podían haber ido a parar a entidades locales que llevan años sudando tinta para asistir a los desamparados.

Esas mismas multinacionales de la pobreza que se quedaron calladas en mayo cuando se devolvieron 500 migrantes a Marruecos desde Ceuta, son las que ahora pegan el grito en el cielo por el importantísimo paso de poner en valor el Tratado de 2007.

En todo caso y por si no quedara claro, defendemos que ese paso importantísimo tiene que darse con todas las garantías de nuestro Estado de Derecho. ¿Es complicado? Sí. Pero no es imposible.

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