La Delegación del Gobierno ha colgado un documento con las instrucciones a seguir para la presentación de Expediente de Regulación de Empleo Temporal (ERTE) por causa de fuerza mayor derivados del COVID-19.
El documento es público y se encuentra en el enlace https://t.co/q7lYkw1kDM, pero, en cualquier caso las dudas o consultas podrán formularse a través del correo data-original-string="CwMiWeJL2ieYTKykcUgv6Q==5fa3Sgl19GDGZgTpvbXyW0M60DEwxotGzVo3FfHf1wI0tU=" class="apbct-email-encoder" title="Este contacto ha sido codificado por Anti-Spam by CleanTalk. Haz clic para decodificar. Para finalizar la decodificación, asegúrate de que JavaScript está activado en tu navegador."> tr*************@co****.es
y la presentación de los ERTEs, junto con la documentación que haya que presentar, se hará a través del Registro Electrónico Común (https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do).
El documento explica que las suspensiones de contrato y reducciones de jornada que tengan su causa directa en pérdidas de actividad como consecuencia del COVID-19, incluida la declaración del Estado de Alarma, que impliquen suspensión o cancelación de actividades, cierre temporal de locales de afluencia pública, restricciones en el transporte público y, en general, de la movilidad de las personas y/o las mercancías, falta de suministros que impidan gravemente continuar con el desarrollo ordinario de la actividad, o bien en situaciones urgentes y extraordinarias debidas al contagio de la plantilla o la adopción de medidas de aislamiento preventivo decretados por la autoridad sanitaria, que queden debidamente acreditados, tendrán la consideración de provenientes de una situación de fuerza mayor-
La documentación mínima a presentar es la solicitud formulada por el empleador o persona que ostente la representación legal empresarial. En dicha solicitud se especificará la actividad de la empresa, los motivos en los que se fundamenta la solicitud, así como la duración del ERTE.
Se acompañará de los siguientes documentos: Informe de vinculación de la pérdida de actividad al COVD-19. Acreditación de la comunicación a los representantes legales de los trabajadores, si los hubiere; en otro caso acreditación de la comunicación realizada a los trabajadores individualmente y la relación de trabajadores afectados por el ERTE, en la que figure número de DNI/NIE del trabajador, el número de Afiliación a la Seguridad Social, la fecha de alta en la empresa y el tipo de contrato.
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