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El Defensor del Pueblo justifica escolarizar a varios niños al vivir en Melilla por estar la frontera cerrada

“Es preciso tomar en consideración el cierre de las fronteras con el Reino de Marruecos desde marzo de 2020, que conlleva la efectiva residencia de los menores en la ciudad”. Ésta es una de las cuatro justificaciones que aporta el Defensor del Pueblo para sugerir a la Dirección Provincial de Educación que hay que proceder a la inmediata escolarización de los menores que han solicitado entrar en los centros educativos de Melilla, además de por toda la documentación que aportan las familias.

El Defensor del Pueblo, que está en manos de Francisco Fernández Marugán, resuelve en cinco casos esta misma propuesta. Estos documentos están publicados en la web de dicha institución y hace referencia a respuestas realizadas a denuncias en los meses de junio y de julio.

Sin embargo, parece que las palabras del Defensor del Pueblo vuelven a caer en saco roto porque esta semana, una más desde hace muchos meses, las familias que quieren que se escolarice a sus hijos se encuentran con el ‘no’ de la Administración central. Ellas han vuelto a salir a la calle y a manifestarse en las puertas de la Dirección Provincial de Educación exigiendo que se atiendan los derechos de los niños.

La escolarización de menores de origen extranjero siempre ha sido polémica en esta ciudad y no se ha resuelto aún de forma definitiva cómo se debe proceder con estos niños.

Según la información facilitada por la Plataforma de Infancia a un medio nacional días atrás, eran unos 150 los menores que no habían logrado escolarizarse. Y sobre ello preguntó la diputada de Vox de Ceuta en el Congreso al Gobierno central. La respuesta del Ejecutivo fue que “la escolarización de los menores aludidos se irá realizando según se reciba la acreditación de la residencia efectiva en la ciudad de cada uno de ellos”.

Los detalles

Hay cuatro menores que presentaron dos denuncias diferentes al Defensor del Pueblo que cuentan entre su documentación con pasaporte, libro de familia, certificado de nacimiento, tarjeta sanitaria y un informe de junio de 2021 por el Instituto de Gestión Sanitaria (Ingesa) de la Ciudad que “acredita la efectiva residencia de los menores con sus padres en el domicilio indicado.

Otro dos niños, aunque cada uno de ellos presentó una reclamación a dicha institución, contaban con un informe de junio de este año también de la Dirección General de Servicios Sociales de la Ciudad que acreditaba la residencia efectiva del menor con sus padres en el domicilio que se indicaba en la petición.

Además, hay otros tres menores de edad que pertenecen a la misma familia y que ha presentado una reclamación conjunta que contaban toda esa documentación que tenían los otros menores, es decir, el pasaporte, el libro de familia, el certificado de nacimiento, la tarjeta sanitaria y el informe de la Consejería de Economía y Políticas Sociales de que viven con su madre en el domicilio de Melilla y otro escrito más. Se trata de una certificación del Centro Sociocultural Religiosas de María Inmaculada de acudir esos niños a las clases de alfabetización que ofrece dicha entidad.

El Defensor del Pueblo solicita la incorporación de todos estos menores a los centros educativos basándose en estas dos ideas iniciales, es decir, por un lado, que lo niños y las familias han entregado la documentación necesaria para certificar que residen en la ciudad. Y por otro, añade que con el cierre de la frontera con Marruecos en marzo de 2020 no cabe otra opción que estos niños vivan en Melilla desde ese momento.

Además, esta institución aporta dos consideraciones más basadas en las normativas actuales que aplica en las cinco reclamaciones que le llegan sobre este tema.

La primera de ellas es que hay un dictamen reciente aprobado por el Comité en relación con el Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño “relativo a un procedimiento de comunicaciones, con fecha 11 de junio de 2021, en un caso sustancialmente idéntico considera que la no escolarización constituyó una violación a su derecho a la no discriminación”. Esto se basa en el artículo 2 de la Convención, leído conjuntamente con el artículo 28, se subraya en el informe del Defensor del Pueblo.

Asimismo, esta institución subraya que “el Comité considera que su interés superior no ha sido una consideración primordial en sus procesos de escolarización preventiva en violación del artículo 3 (1) de la Convención, leído conjuntamente con el 28”.

La segunda de las conclusiones basadas en la normativa que señala el Defensor del Pueblo es que “con independencia de las medidas adoptadas en el caso concreto que se sometió a consideración, el Comité de Derechos del Niño dispone que el Estado parte tiene asimismo la obligación de evitar que se cometan violaciones similares en el futuro”. A este respecto, dicho comité recomienda cuatro cuestiones. La primera es “garantizar que, ante documentación indiciaria sobre la residencia efectiva de menores en Melilla que solicitan la escolarización, las autoridades locales, administrativas y judiciales, tomen acciones efectivas y expeditas para corroborar dicha residencia”. También se indica que hay que “garantizar que cuando existe una disputa sobre el derecho a la educación de un niño, exista una remedio efectivo y accesible, que sea impartido rápida y diligentemente y que garantice que su existencia y modalidades sean bien conocidas por los niños y niñas y sus padres o guardianes”. Además, se demanda desde el Comité de Derechos del Niño proveer capacitación especializada para jueces y personal administrativo sobre la aplicación de la Convención, en particular sobre el interés superior del niño.

Y por último, se pide al Estado que incluya información sobre esas medida en los informes que presente.

En resumen, el Defensor del Pueblo sostiene una vez más que los menores que han elevado su caso ante esta entidad tienen derecho a estar escolarizados en Melilla porque tienen justificada su residencia a través de la documentación que se ha podido ver en todos estos casos. De ahí que insista en proceder a la inmediata escolarización de estos niños.

Avisa de la creación de una bolsa de marginalidad al no haber recursos para extutelados

El Defensor del Pueblo, que está en manos de Francisco Fernández Marugán, visitó la ciudad hace unos meses y conoció de primera mano cómo es la situación de los menores extranjeros no acompañados (menas) y las propuestas y proyectos que cada administración tiene al respecto. Y una de las conclusiones que sacó de esa visita fue “la inexistencia en Melilla de recursos para jóvenes extutelados, siquiera en caso de que contar con graves patologías o concurrir otras circunstancias humanitarias graves, conlleva que esta carencia de medios y de alojamiento genere una peligrosa bolsa de marginalidad”.

Por ello, una de sus recomendaciones es adoptar las medidas necesarias para poner a disposición programas y recursos destinados al apoyo y orientación de quienes, estando en acogimiento, alcancen la mayoría de edad y queden fuera del sistema de protección, con especial atención a los que presenten alguna especial vulnerabilidad.

Y es que el Defensor del Pueblo indica que en el artículo 11.4 de la Ley de Protección Jurídica del Menor se recoge que “las entidades públicas dispondrán de programas y recursos destinados al apoyo y orientación de quienes, estando en acogimiento, alcancen la mayoría de edad y queden fuera del sistema de protección, con especial atención a los que presentan discapacidad”. Además, en el artículo 22 se indica que desde dos años antes de su mayoría de edad y también una vez cumplida ésta si se implican, hay que ofrecer programas de preparación par ala vida independientes a esos menores tutelados.

Las otras dos recomendaciones del Defensor del Pueblo son: que se adopten las medidas necesarias para solicitar en el plazo más breve posible la autorización de residencia de los menores a disposición de la Ciudad para evitar los “graves inconvenientes” de acceder a la mayoría de dad sin esta autorización; y la segunda es solicitar en nombre de los menores la renovación de la autorización de residencia 60 días antes de que caduque y sin importar si va a cumplir pronto la mayoría de edad.

Esta institución subrayó que hay que evitar las graves consecuencias de la indocumentación de los menores y, por ello, se reiteró a la Delegación del Gobierno la necesidad de continuar adoptando las medidas necesarias, en coordinación con esos servicios de protección de menores y con las autoridades policiales, que impidan que los menores accedan a su mayoría de edad sin contar con autorización de residencia y sin que se les haya expedido Tarjeta de Identidad de Extranjero. Muchos jóvenes no tienen este último documento.

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