El Gobierno local ha hecho bien en optar por una consulta ante los tribunales de lo contencioso administrativo para resolver qué hacer con las multas en vía de apremio y que fueron sancionadas por un subinspector jefe de Policía Local al que se concedió ilegalmente la potestad para hacerlo.
Hace bien porque como dice el Gobierno Imbroda existe un agravio comparativo en detrimento del ciudadano diligente que pagó sus multas y el moroso que no pagó pero que tampoco recurrió en ningún momento. No es de recibo, como pretenden CpM y PSOE, tratar de cautos a los morosos, porque si no recurrieron no fueron cautos, sencillamente no pagaron y ya está. Y si esa morosidad se defiende o se traduce en cautela, se está diciendo a quienes pagan impuestos y sanciones en cumplimiento de sus obligaciones que son prácticamente unos imbéciles apresurados.
Bien por tanto por el Gobierno local por decidirse a consultar a los tribunales, pero podría hacerlo mejor si les consultara no sólo qué hacer con las multas en vía de apremio, sino con todas aquellas que ya ha cobrado y que a juicio de algunos juristas sufren vicio de nulidad, de modo que se podrían reclamar con éxito ante los tribunales. De ser así, devolverlas de oficio sería un gesto de buena praxis en la gestión administrativa.
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