Categorías: Tribunales y Justicia

Cuatro años de prisión para dos inmigrantes que pilotaban una patera con 70 personas

Tres testigos les reconocieron como los patronos de la embarcación que zarpó de Nador y llegó a costas granadinas el pasado septiembre.

Dos inmigrantes han sido condenados por la Audiencia de Granada a cuatro años de prisión, la pena mínima para los delitos contra los derechos de los ciudadanos extranjeros, pues eran los que guiaban la patera que zarpó desde Nador y llegó a las costas de Motril el pasado mes de septiembre. Tres subsaharianos que declararon en el juicio, de las 70 personas que viajaban a bordo de la embarcación, reconocieron a los acusados como los patronos, según recoge la sentencia.
Estos testigos afirmaron que los procesados, de iniciales S.D. y M.S., se encargaban de pilotar la patera y el otro del combustible. La embarcación era semirrígida, de 10 metros de eslora y 2,5 metros de manga y estaba muy deteriorada. En ella viajaban 70 personas, todas ellas de origen subsahariano, de las que 46 eran hombres y 17 mujeres. Dos mujeres estaban embarazadas y a bordo viajaban siete menores y tres bebés.

Sin medidas de seguridad
La Guardia Civil interceptó la patera el 10 de septiembre. Los agentes comprobaron que la embarcación presentaba deficiencias de conservación, no tenía equipos de iluminación ni material de seguridad, como bengalas. Únicamente contraban con una brújula.
El tribunal destaca en su sentencia que los acusados, en una actitud de “radical desprecio por la vida e integridad” de los ocupantes de la patera, la pusieron en riesgo, no solamente por no disponer de las medidas y equipos de seguridad sino por el número de ocupantes en la embarcación, que quintuplicaba su capacidad. De hecho, los inmigrantes se vieron obligados a viajar tan pegados que algunos de ellos, cuando fueron rescatados, presentaban síntomas de adormecimiento en las piernas.
Una vez interceptados por los agentes del Servicio Marítimo de la Guardia Civil, los acusados trataron de camuflarse entre el pasaje para no ser identificados por los agentes.
Finalmente, el tribunal aplica la pena mínima recogida en el Código Penal para los delitos contra los derechos de los ciudadanos extranjeros, si bien la Fiscalía pidió 10 años de cárcel y el abogado defensor la absolución de los dos acusados. La sentencia de la Audiencia de Granada no es firme, pues contra ella cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo.

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