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Criterios falta antideportiva por parte de Javier Almansa García

Más colaboraciones sobre reglamento y árbitros, Javier Almansa García (Árbitro Grupo 2 FEB) colabora con #ArtículosFMB hablándonos de CRITERIOS FALTAS ANTIDEPORTIVAS. En lo que respecta al currículum de Javier (27.07.1998), Árbitro Grupo 2 FEB, habiendo participado en un total de 8 Campeonatos de España de SSAA y 4 de Clubes, Premio Melilla Deporte 2018 al “MEJOR ÁRBITRO”, y estudiante del Grado en Derecho en la UGR (Campus de Melilla).

Habiendo resumido el currículum de la nueva colaboradora de #ArtículosFMB pasamos a dejaros el enlace #ArtículosFMB012, pero no sin antes agradecer la colaboración de Javi Almansa con esta nueva iniciativa FMB y recordar que los #ArtículosFMB se publicarán periódicamente de lunes a viernes (un documento diario) hasta el próximo jueves 7 de mayo, pudiendo acceder a ellos a través de las redes sociales de la FMB como Facebook y Twitter (@FMBMELILLA), y en la web www.melillensabaloncesto.es.

Antes de empezar, quisiera dar las gracias a la Federación Melillense de Baloncesto y en particular a su director técnico, Paco Pino, por contar conmigo en esta gran propuesta de la Federación ante estos tiempos difíciles que estamos pasando por la pandemia del Covid-19, y que los días que llevamos en casa (que ya son muchos) se nos pueda hacer más ameno y entretenido repasando o enseñándonos más acerca del deporte del mundo de la canasta.

Como miembro del Comité de Árbitros de la Territorial Melillense y del grupo 2 de la Federación Española de Baloncesto, desde que se me propuso poder ayudar en esta iniciativa, tuve claro que podría venir bien compartir ya sea a entrenadores, jugadores, árbitros o en general, todo el mundo que le interese el baloncesto, aspectos del mundo arbitral, poniendo en conocimiento a todos información (en mi opinión relevante para todos los que se dedican al basket) de esta difícil profesión.

Tengo que decir que estos son criterios que se establecen desde FIBA y que el Comité Técnico Arbitral de la Federación Española de Baloncesto, tras reuniones conjuntas que recibimos los árbitros y que nos proporciona para que todos los árbitros unifiquen el criterio y las pausas que se deben seguir en el arbitraje, por lo que seguiré esta metodología para explicarlo.

En particular, se me asignó la posibilidad de comentar los distintos criterios para sancionar una falta antideportiva, por lo que, como he dicho anteriormente, lo haré basándome en los aspectos que el Comité Técnico Árbitral de la FEB me ha proporcionado.

Debemos partir de que una falta antideportiva es una falta de jugador que implica contacto y que, a juicio del árbitro:

- No es un esfuerzo legítimo de jugar directamente el balón dentro del espíritu e intención de las reglas.

- Es un contacto excesivo y violento causado por un jugador en un esfuerzo por jugar el balón o sobre un oponente.-

- Es un contacto innecesario causado por un defensor para detener la progresión del equipo atacante en transición.

- Esto se aplica hasta que el jugador atacante comience su acción de tiro.

- Es un contacto de un defensor por la espalda o lateralmente sobre un oponente en un intento de impedir un contraataque y no hay ningún defensor entre el atacante y la canasta de los oponentes.

- Esto se aplica hasta que el jugador atacante comience su acción de tiro.

- Es un contacto de un defensor sobre un oponente en pista durante los 2 últimos minutos del cuarto período o durante los 2 últimos minutos de cualquier período extra, cuando el balón está fuera del terreno de juego para efectuarse un saque y aún permanece en las manos de un árbitro o a disposición del jugador que va a efectuar dicho saque.

Una vez que ha quedado claro la definición de lo que es una falta antideportiva, debemos saber cuál es su penalización, debiendo los árbitros interpretar dichas faltas antideportivas de manera coherente durante todo el partido y juzgar solo la acción, sin perder nunca la credibilidad, aspecto básico y clave en el arbitraje. Entonces, su penalización será:

- Se anotará una falta antideportiva al infractor.

- Se concederán un(os) tiro(s) libre(s) al jugador que recibió la falta, seguidos de:

- Salto entre dos en el círculo central para comenzar el partido, si la infracción ha sucedido antes del inicio del mismo.

- Saque desde la prolongación de la línea central enfrente de la mesa de oficiales, en cualquier otro caso.

- El número de tiros libres se concederá como sigue:

- Si la falta se comete sobre un jugador que no está en acción de tiro: 2 tiros libres.

- Si la falta se comete sobre un jugador que está en acción de tiro (de 2 o 3 puntos): la canasta, si se convierte, será válida y se concederá 1 tiro libre adicional.

- Si la falta se comete sobre un jugador en acción de tiro y la canasta no se convierte, 2 o 3 tiros libres, dependiendo desde dónde se ha intentado el lanzamiento.

Un jugador será descalificado durante el resto del partido cuando sea sancionado con dos faltas antideportivas o con una falta técnica y una falta antideportiva.

Desde septiembre de 2017, la FIBA cambió los criterios anteriores que se tenían de la falta antideportiva, con el propósito de limpiar el juego de las acciones no normales de baloncesto que dañan el espectáculo con contactos innecesarios, fuera de la intención y el espíritu de las reglas.

Para interpretar correctamente y de forma coherente las reglas se deben seguir los siguientes principios:

-No es un esfuerzo legítimo de jugar directamente el balón.

- No es una acción normal de baloncesto.

- Hay intención de hacer una falta estando fuera de una PLD (posición legal de defensa) activa.

- Se detiene de forma innecesaria el progreso en la transición.

- Existe una PLD (posición legal de defensa) para defender de acuerdo con las reglas.

Tras tener estos principios como punto de partida básica, debemos conocer que en la actualidad, son 5 los criterios por los que podemos sancionar una falta antideportiva, y es muy importante que los árbitros deban conocer casi de memoria estos criterios para que quede suficientemente claro cuándo sancionar una falta antideportiva o cuándo sancionar en cambio, una falta normal. A continuación, trato de detallar estos 5 criterios, poniendo diferentes casos a cada uno de ellos:

CRITERIO 1

No utilizar un esfuerzo legítimo de jugar directamente el balón dentro del espíritu e intención de las reglas.

- CASO A: Cuando se agarra el cuerpo de un oponente es una UF porque no es un intento legítimo de jugar el balón.

- CASO B: Cuando se agarra el uniforme de un

oponente es una UF porque no es un intento legítimo de jugar el balón.

CRITERIO 2

Jugador que causa un contacto excesivo y violento en un esfuerzo por jugar el balón o sobre un oponente.

- CASO A: El balanceo excesivo de los codos (lateral), si hay contacto, es una UF.

- CASO B: ”Detención por cualquier medio" de la acción de un oponente sin realizar un esfuerzo por jugar el balón o por jugar sobre el oponente. Este es un contacto duro y/o excesivo y se debería penalizar como una UF.

CRITERIO 3

Un contacto innecesario causado por un defensor para detener la progresión del equipo atacante en transición.

Esto se aplica hasta que el jugador atacante comience su acción de tiro.

- CASO A: El defensor crea un contacto innecesario para detener la transición, al ir hacia el oponente sin PLD.

- CASO B: El defensor es sobrepasado de su PLD y no intenta defender su posición, solo abre su brazo para retener al atacante con la intención de parar el partido. Esto es una UF.

- CASO C: Un defensor que está en PLD y trata de mantener su posición legal cuando ocurre el contacto, puede ser una falta defensiva u ofensiva (a juicio del árbitro) pero nunca es una UF aunque el equipo estaba en transición. Falta Normal.

- CASO D: Una vez que el defensor en su PLD es sobrepasado y no intenta defender su posición, solo abrir su brazo para retener al atacante con la intención de parar el partido. Esto es una UF.

- CASO E: El atacante supera al defensor, cuya reacción es detener la transición ofensiva con su cuerpo y con sus manos. Es un contacto innecesario. Esto es una UF.

-CASO F: El defensor detiene al atacante con un agarrón obligando a detener el partido. Es un contacto innecesario causado con el objetivo de detener la transición del equipo.

CRITERIO 4

Es éste el criterio que ha sufrido una modificación por parte de FIBA para la temporada siguiente 2020-2021. Se considerará antideportiva (U) al contacto ilegal causado por el jugador, por espalda o lateralmente, sobre un oponente que está progresando hacia la canasta de los oponentes y no hay otros jugadores entre el jugador que progresa, el balón y la canasta.

Antes del cambio: el criterio C4 exigía que hubiera control de balón del equipo del atacante.

- CASO A: Contacto de un defensor por la espalda o lateralmente sobre un oponente en un intento de impedir un contraataque y sin haber ningún defensor entre el atacante y la canasta de los oponentes. Es una UF. Esto se aplica hasta que el jugador atacante comience su acción de tiro.

- CASO B: Cuando no hay defensor entre el atacante y la canasta de los oponentes y el jugador hace un posible contacto ilegal en el lateral estando el atacante en acción de tiro, esto es una Falta Normal.

- CASO C: En este nuevo caso que se aplicaría para la próxima temporada 2020-2021, si un jugador defensivo (equipo B) desvía la pelota de un(os) jugador(es) del equipo A y está cerca de atrapar el balón con una trayectoria clara y despejada hacia la canasta de los oponentes (equipo A) y el oponente (jugador del equipo A) comete un contacto ilegal, éste contacto es el que se consideraría cómo falta antideportiva (U).

CRITERIO 5

Contacto de un defensor sobre un oponente en pista durante los 2 últimos minutos del cuarto Cuarto o durante los 2 últimos minutos de cualquier período extra, cuando el balón está fuera del terreno de juego para efectuarse un saque y aún permanece en las manos de un árbitro o a disposición del jugador que va a efectuar dicho saque.

- CASO A: Tres factores de este criterio: a) últimos 2 minutos del partido, b) balón fuera de los límites del terreno de juego para un saque, y c) contacto ilegal de defensor. La falta del defensor siempre es una UF.

- CASO B: Tres factores de este criterio: a) últimos 2 minutos del partido, b) balón fuera de los límites del terreno de juego para un saque, y c) contacto ilegal de defensor. La falta del defensor siempre es una UF.

Para terminar, quiero despedirme dando muchos ánimos y fuerza a todos, en especial a aquellos que están sufriendo de manera personal este virus y esperando que todos podamos vernos pronto en las canchas de baloncesto.

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