1 Presunto delito de prevaricación
El pasado lunes comenzó el juicio por el ‘caso Abogados’. En este proceso se juzga un presunto delito continuado de prevaricación, consistente en la contratación por parte de la Consejería de Bienestar Social de cuatro letrados externos a la Administración local sin que se siguieran los procedimientos establecidos para ello. La citada consejería formalizó 91 contratos menores con esos cuatro abogados. Estos hechos ocurrieron cuando era titular de Bienestar Social María Antonia Garbín, que ejerció el cargo entre 2003 y 2015.
2 ¿Quiénes son los inculpados y qué penas les piden?
Garbín es la principal acusada en este proceso. El Ministerio Fiscal solicita que se le impongan diez años de inhabilitación especial para empleo o cargo público. Aparte, hay otros nueve funcionarios de la Ciudad que han sido inculpados (desde ayer, ocho, pues la fiscal retiró la acusación para una de ellos al estimar que ha prescrito el delito). Se les reclama la misma pena de inhabilitación, pero entre ocho y nueve años, según su papel en los hechos enjuiciados. Aparte, la acusación pide reclama que se condene a cuatro años de inhabilitación para empleo o cargo público a los cuatro letrados supuestamente contratados de forma irregular.
3 ¿Quién ejerce la acusación?
El Ministerio Fiscal ejerce la acusación contra nueve de los 13 acusados, en concreto, Garbín y los ocho funcionarios de la Ciudad. Aparte, la Asociación Libre de Abogados (ALA), que desempeña la acusación popular, culpa de prevaricación, además de a los imputados por la fiscal, a los cuatro abogados que han dado objeto a esta causa judicial.
4 Defensa de los acusados
Seis abogados han asumido la defensa de los 13 encausados en este proceso. Aunque cada uno de ellos representa a acusados determinados, los letrados han mostrado una estrategia común en el juicio.
5 Cuestiones previas del juicio
El pasado lunes, se celebraron las cuestiones previas del juicio. En esta fase del proceso, los letrados plantean la nulidad de pruebas practicadas en la fase de instrucción o proponen otras. Lo más destacado en este aspecto fue la solicitud de nulidad de unas declaraciones que los cuatro abogados que ahora se sientan en el banquillo efectuaron ante la Guardia Civil. Lo hicieron en calidad de testigos, cuando, según la defensa, debieron de hacerlo como investigados. Aparte, la defensa pidió al juez que no aceptase a la ALA como acusación popular por no tener la condición de “utilidad pública”.
6 Rechazo a la nulidad de pruebas
Tanto la fiscal como el juez rechazaron la pretensión de la defensa de declarar la nulidad del testimonio de los acusados ante la Benemérita. El juez aceptó la tesis del ministerio público, que defiende que los informes de la Guardia Civil se basan “de forma mínima” en esas declaraciones.
7 ¿Qué es la ‘teoría del fruto del árbol envenenado’?
La defensa hizo alusión a la llamada ‘teoría de los frutos del árbol envenenado’. La usó en referencia a la declaración ante la Guardia Civil de los cuatro abogados en calidad de testigos, en lugar de hacerlo como investigados. La Fiscalía se opuso a esa teoría mencionando una sentencia del Tribunal Supremo de 1996, que sentó
el “precedente” de “la independencia de unas pruebas respecto de otras”.
8 ¿Qué es la ‘doctrina Botín’?
En las cuestiones previas, la defensa reclamó al juez que no aceptase a la ALA como acusación popular. Para ello, invocó la ‘doctrina Botín’. El origen de la misma está en 2007, cuando el Tribunal Supremo archivó una causa contra el entonces presidente del Banco de Santander, Emilio Botín, porque la Fiscalía pidió el sobreseimiento, mientras que la acusación popular reclamaba seguir adelante con el juicio. Si en el ‘caso Abogados’ se aplicase la ‘doctrina Botín’, se retiraría la acusación contra los cuatro letrados que fueron contratados supuestamente de forma irregular por Bienestar Social cuando Garbín era la titular de esta área. Sin embargo, el juez ha optado por aplicar la llamada ‘doctrina Atutxa’.
9 ¿Qué es la ‘doctrina Atutxa’?
Básicamente, establece lo contrario a la ‘doctrina Botín’. Es decir, permite que un proceso penal siga adelante si una acusación popular así lo quiere, aunque el Ministerio Fiscal haya manifestado que no ejercitará la acción penal. Así sucedió en 2008, cuando se llevó al Tribunal Supremo a Juan María Atutxa (presidente del Parlamento vasco entre 1998 y 2005) por un delito de desobediencia (se le acusaba de no disolver en la cámara vasca al grupo parlamentario de Batasuna, denominado Sozialista Abertzaleak). Entonces, bastó que la acusación popular del sindicato Manos Limpias sirviera para enjuiciar a Atutxa.
10 Comienzo de las declaraciones
El próximo lunes, a las 10:30 horas, comenzará en la sala de la Sección Séptima de la Audiencia Provincial de Málaga, cuya sede permanente está en Melilla, la declaración de los acusados en el ‘caso Abogados’. Aunque el órgano que enjuicia es el Penal 1, las vistas son en la sala de la Audiencia porque dispone de más espacio.
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