La Fiscalía de Melilla pedía para un joven una condena de tres años y medio de cárcel por un robo con violencia. Además, solicitaba para él otra pena de dos años y seis meses por un presunto delito de obstrucción a la justicia. Supuestamente, participó en el robo del móvil a la víctima, al que sacaron una navaja. A los días, según la acusación que pesaba sobre él, lo amenazó en compañía de otro individuo para que retirase la denuncia. Después de que estos hechos fueran enjuiciados el pasado 13 de marzo en la sala del Juzgado de lo Penal número 1 de Melilla, el juez ha dictado una sentencia absolutoria. “Ningún hecho de trascendencia delictiva ha quedado demostrado”, se especificaba en la resolución.
Esa es la conclusión del juez tras escuchar a las distintas partes en el día del juez. El joven absuelto explicó en la vista que el 11 de septiembre de 2016 estuvo en el polígono SEPES con la víctima, a quien llegó a cogerle la cartera, pero se la devolvió sin sustraerle nada. Además, el ahora exculpado señaló que esto sucedió en un momento distinto al del robo del teléfono del denunciante. Asimismo, negó haber empleado ninguna navaja.
Sobre la segunda denuncia, correspondiente al día 7 de octubre de 2016, reconoció que fue a hablar con el perjudicado cuando se lo encontró cerca del campus de la Universidad de Granada en Melilla, pero que únicamente pretendía preguntarle el motivo de su denuncia. Negó que le hubiera dicho “ven, que te vamos a matar”, como recogía en su acusación la Fiscalía.
El juez también ha absuelto a un segundo acusado de obstrucción a la justicia, al que la víctima denunció por amenazas junto al otro joven para que retirase la denuncia. Según explicó el ex procesado, ni estuvo el día del robo ni se acercó al querellante cuando su amigo fue a hablar con él, en las inmediaciones de la UGR.
Versión de la víctima
La víctima, por su parte, afirmó en el juicio que el 11 de septiembre de 2016 se le acercaron tres personas cuando estaba en el polígono. En primer lugar, lo hizo un menor, que es quien le roba y le saca el cuchillo, y posteriormente lo otros dos, entre los que estaba el joven al que acusó. Según dijo, éste le quitó en un primer momento cinco euros, pero luego se los devolvió. Afirmó en el juicio que su presencia no le dio miedo y que lo que le asustó fue la navaja.
Sobre los hechos del día 7 de octubre, sostuvo que los dos ex procesados se le acercaron y lo amenazaron de muerte para que retirase la primera denuncia.
En relación al robo, el titular del Juzgado de lo Penal número 1 consideró que debía absolver al joven porque “no concurre una sola corroboración periférica objetiva que respalde la versión del denunciante”. Según explica en la sentencia, solo puede tener por probado lo reconocido por el exculpado: que cogió la cartera y se la devolvió inmediatamente sin sustraerle nada.
En cuanto a los hechos del 7 de octubre, el juez concluyó que procedía la absolución de los dos acusados porque se encontraba ante un caso de dos versiones contradictorias, en la que “la palabra de ninguna de las partes tiene más valor que la otra”.
Ante la ausencia de testigos directos, para el juez procedía no tener por acreditados los hechos.