La Consejería de Infraestructuras ha convocado ya las ayudas de alquiler para viviendas privadas de afectados por la COVID-19 y sectores vulnerables. Se ha publicado hoy en el Boletín Oficial de Melilla (BOME) y por lo tanto, se podrán solicitar desde mañana y hasta el 30 de septiembre, fecha en la que finaliza esta convocatoria, o bien hasta que se agote el presupuesto.
Los solicitantes que, cumpliendo todos los requisitos no obtengan la ayuda al alquiler por agotamiento del crédito dispuesto, pasaran a formar parte de una lista de espera. En el caso en que alguno de los solicitantes pierda su derecho a la percepción de la ayuda podrá ocupar su lugar el primero en la lista, siempre y cuando se haya liberado el crédito suficiente para efectuar el nuevo reconocimiento.
El plazo máximo para resolver y notificar el procedimiento será de dos meses, a contar desde la fecha de presentación de la documentación correspondiente.
La presente convocatoria tiene por objeto la regulación del otorgamiento de ayudas económicas con cargo al presupuesto de la Ciudad y del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, en régimen de concesión directa, mediante convocatoria abierta, destinadas al pago de las mensualidades devengadas por el alquiler de viviendas privadas en Melilla durante seis meses, pudiendo comprender los meses de mayo a diciembre de 2020, para unidades familiares cuya situación socioeconómica se haya visto agravada como consecuencia de los efectos económicos de la pandemia provocada por la COVID-2019 y por el estado de alarma, se punta en el BOME.
Este programa se financiará con la partida presupuestaria de 100.000 euros transferida por el Estado (Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana) en virtud de lo dispuesto en el Real Decreto por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19. Y se sumará otro millón de euros de la Ciudad. En total habrá 1,1 millones de euros para estas aportaciones.
De dicha partida, 35.000 euros se destinarán para los solicitantes de los sectores vulnerables, y 65.000 para los solicitantes afectados directamente por la COVID-19. En el caso de que exista sobrante en uno u otro tramo, se pasará éste al deficitario. La partida de 1.000.000 euros se destinará íntegramente para los solicitantes directamente afectados por la COVID-19. Las ayudas para el programa de sectores vulnerables de los años 2021 y siguientes, se financiarán con cargo a las aportaciones del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, al amparo del Plan Estatal de Vivienda, añade el boletín.
Los requisitos para la vivienda son cumplir con las condiciones mínimas de habitabilidad; que la vivienda no esté sometida a ninguna limitación que impida su alquiler y que no tenga un expediente abierto por infracción urbanística.
Podrán resultar beneficiarios de las ayudas al inquilino reguladas en la presente Convocatoria las personas físicas arrendatarias de vivienda en Melilla y empadronados en Melilla que reúnan los requisitos que se incluyen en esta convocatoria para cada modalidad de ayuda. A estos efectos, se considerará solicitante al titular del contrato de arrendamiento y a su cónyuge o persona que conviva con aquella en análoga relación de afectividad.
Podrán ser beneficiarios de las ayudas reguladas en este programa las personas físicas mayores de edad que, en su condición de arrendatarios de vivienda habitual, acrediten estar en situación de vulnerabilidad económica y social sobrevenida a consecuencia del COVID-19, presentando problemas transitorios para atender al pago parcial o total del alquiler, y que cumplan los siguientes requisitos: ser español; tener un contrato de arrendamiento de una vivienda en Melilla; acreditar el pago de las tres mensualidades anteriores al mes que se aplica la subvención; y no tener pendiente la justificación de otra subvención anterior.
Por otro lado, en los supuestos de vulnerabilidad económica y social a consecuencia de la emergencia sanitaria ocasionada por el COVID-19 requerirán la concurrencia conjunta y mantenida, a los efectos de obtener las ayudas en relación con la renta arrendaticia de la vivienda habitual, de los siguientes requisitos: que la persona que tiene que pagar el alquile esté en desempleo bajo un ERTE y que esto haya supuesto una pérdida sustancial de ingresos; que siendo teniendo un negocio o como profesional libre haya reducido sus ingresos.
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